JURISPRUDENCIA · 21.03.2025
OLObservatorio Laboralpor Raúl Salinas← Volver al órgano y materia

Tribunal Supremo · Despido · 2025 · 2 min

STS 1001/2025 · La omisión de audiencia previa no determina automáticamente la improcedencia

El Tribunal Supremo se ha pronunciado nuevamente sobre la exigencia de la audiencia previa en el despido, consolidando su doctrina respecto a la aplicación del artículo 7 del Convenio 158 de la OIT. Esta sentencia reviste especial interés, pues contribuye a clarificar un aspec…

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Análisis jurídico

El Tribunal Supremo se ha pronunciado nuevamente sobre la exigencia de la audiencia previa en el despido, consolidando su doctrina respecto a la aplicación del artículo 7 del Convenio 158 de la OIT. Esta sentencia reviste especial interés, pues contribuye a clarificar un aspecto controvertido en la materia.

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