01

Antes de iniciar el trámite

  • Identificar hechos concretos, fechas, lugares y personas intervinientes.
  • Separar hechos acreditados de sospechas o valoraciones.
  • Reunir y preservar la prueba disponible antes de comunicar los cargos.
  • Revisar el convenio colectivo y posibles garantías especiales.
  • Comprobar si existen indicios de vulneración de derechos fundamentales.
02

Durante la audiencia

  • Comunicar los cargos con suficiente claridad para permitir una defensa útil.
  • Conceder el plazo legal o convencional; si no existe, fijar uno razonable atendiendo a la complejidad.
  • Permitir la aportación de alegaciones y documentos por un canal acreditable.
  • No presentar la decisión extintiva como irrevocable antes de recibir la defensa.
03

Antes de resolver

  • Analizar expresamente cada alegación relevante.
  • Revisar autoría, gravedad, culpabilidad, reiteración y proporcionalidad.
  • Asegurar la coherencia entre audiencia, hechos probados y carta de despido.
  • Documentar la fecha de entrega y conservar justificantes del procedimiento.
Conclusión práctica

La audiencia previa debe ser una oportunidad real de defensa; un cumplimiento puramente formal puede comprometer la procedencia del despido.

Fuentes y lectura original

Fuente oficialBOE · Estatuto de los Trabajadores, art. 55Fuente oficialOIT · Convenio 158, art. 7LinkedInPublicación original de Raúl Salinas en LinkedIn

Contenido divulgativo. La aplicación de cada criterio exige revisar la resolución completa, su vigencia y las circunstancias del caso.