Entrada en vigor de las obligaciones materiales
El 14 de mayo de 2025, el Ministerio de Trabajo y Economía Social presentó la Herramienta de Prevención para el Empleo en el Hogar desarrollada por el INSST, destinada a evaluar los riesgos en el domicilio y a generar la documentación preventiva necesaria.
De acuerdo con la disposición final quinta del Real Decreto 893/2024, las obligaciones materiales del real decreto no eran exigibles hasta transcurridos seis meses desde la puesta a disposición de esta herramienta. Por tanto, su cumplimiento pasó a ser obligatorio a partir del 14 de noviembre de 2025.
Obligaciones de las familias empleadoras
En la práctica, las familias empleadoras deben realizar una evaluación inicial de riesgos, adoptar las medidas preventivas adecuadas, proporcionar equipos de trabajo y equipos de protección individual idóneos y facilitar información y formación suficientes a la persona trabajadora, entre otras obligaciones.
La complejidad técnica del real decreto, el hecho de que la actividad se desarrolle en el domicilio familiar y que la persona empleadora sea una persona física pueden dificultar el cumplimiento efectivo de estas obligaciones preventivas.
Dos vías de gestión preventiva
Las familias empleadoras disponen de dos vías operativas para gestionar la prevención de riesgos laborales.
- Utilizar la herramienta pública y gratuita disponible en Prevencion10.es, que permite a la persona empleadora asumir directamente la actividad preventiva de forma guiada y documentada.
- Recurrir a un servicio de prevención ajeno acreditado.
Gestión mediante un servicio de prevención ajeno
La contratación de un servicio de prevención ajeno permite un cumplimiento estricto y trazable del Real Decreto 893/2024 y de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. El servicio evalúa los riesgos, planifica e implanta las medidas preventivas, facilita la información y formación necesarias, gestiona la vigilancia de la salud cuando proceda y mantiene la custodia documental de la evaluación, la planificación, los registros de equipos de protección y la formación impartida.
La prevención debe adaptarse al domicilio, a las tareas y a los riesgos concretos de la relación laboral, y debe quedar documentada de forma suficiente y trazable.
Fuentes y lectura original
Fuente oficialBOE · Real Decreto 893/2024↗Contenido divulgativo. La aplicación de cada criterio exige revisar la resolución completa, su vigencia y las circunstancias del caso.