Desde el 3 de septiembre están en vigor medidas extraordinarias de ERTE y cotización para empresas y autónomos de Ceuta
Es verdadero. El Real Decreto-ley 22/2026 establece especialidades para los ERTE vinculados a la emergencia, exenciones empresariales y nuevas bonificaciones, con un ámbito territorial, temporal y subjetivo limitado.
Qué hemos comprobado
La norma está vigente desde el 3 de septiembre de 2026. Las empresas con código de cuenta de cotización y actividad en Ceuta a las que se autorice un ERTE por fuerza mayor ligado directa o indirectamente a los sucesos iniciados el 30 de julio pueden aplicar una exención del 100 % de la aportación empresarial respecto de la jornada suspendida o reducida y de las cuotas devengadas de septiembre a diciembre de 2026. El artículo 34 del Real Decreto-ley 22/2026 califica como fuerza mayor, a efectos del artículo 47.5 y 47.6 del Estatuto, las suspensiones y reducciones causadas directa o indirectamente por esos sucesos. La especialidad puede utilizarse hasta el 31 de diciembre y exige que la autoridad laboral constate la causa. El informe previo de la Inspección es potestativo, aunque puede existir comprobación posterior. El artículo 35 reconoce la exención sobre contingencias comunes, profesionales y conceptos de recaudación conjunta en los periodos y porcentajes de jornada afectados. No es automática para toda empresa de Ceuta: requiere actividad impedida o limitada y un ERTE autorizado. La norma también eleva al 75 % determinadas bonificaciones de Ceuta y Melilla. Para empresas privadas de los sectores incluidos surte efectos sobre las cuotas devengadas desde el 1 de septiembre; para las personas autónomas incluidas, desde las cuotas de octubre de 2026. La empresa debe comprobar por separado el encaje en el ERTE extraordinario, la autorización, el código de cuenta de cotización y las declaraciones exigidas por la Seguridad Social.
Es verdadero. El Real Decreto-ley 22/2026 establece especialidades para los ERTE vinculados a la emergencia, exenciones empresariales y nuevas bonificaciones, con un ámbito territorial, temporal y subjetivo limitado.
La comprobación
La afirmación se ha contrastado con fuentes primarias y normativa vigente. La conclusión separa la regla general de los matices que pueden cambiar la respuesta en un caso concreto.
